La Suprema Corte defiende a los niños
Plaza Pública
Por Miguel Ángel Granados Chapa
Aunque la investigación constitucional de la Suprema Corte sobre la violación de las garantías individuales de Lydia Cacho concluyó en la exoneración del gobernador Mario Marín, dejó en ese tribunal una semilla que el miércoles produjo uno de sus primeros frutos: la expedición de un criterio judicial sobre la extensión de la protección a los menores.
En aquella indagación infortunadamente fallida, el ministro Juan Silva Meza se percató del trascendental fondo del asunto que se expresó en el intento de acallar a la periodista y escritora por sus denuncias contra la pederastia y el comercio sexual infantil. Se trata de una agresión permanente de mafias internacionales a los derechos de los menores, que deben ser protegidos con diligencia extrema y por lo tanto castigados, con igualmente extremo rigor, quienes atentan contra ellos.
Esa percepción general se tradujo anteayer en una relevante sentencia de la primera sala de la Corte en un caso específico, cuyo alcance fue anticipado el 20 de mayo cuando el máximo tribunal aceptó atraer el caso de un niño violado por maestros del colegio al que asistía (que además grababan en vídeo la agresión), en que un juez de distrito amparó a los acusados. La madre de la víctima solicitó que la Corte se hiciera cargo de la revisión, pedido que la ministra Olga María Sánchez Cordero hizo viable al presentarlo como suyo ante la sala. Al encargarse del caso, los ministros sabían que atenderlo “permitirá establecer criterios en torno a los derechos de las víctimas de delitos, en especial cuando se trata de niños, que deben cuidar las autoridades y que no sólo están contemplados en la Constitución, sino también en tratados internacionales firmados por México”.
En tal dirección se orientó la ponencia presentada por Silva Meza, con la que concordaron tres de sus compañeros de sala, mientras que hubo sólo un voto en contra. La sentencia resultante precisó que “cuando la víctima de delito es un menor, cuenta no sólo con las garantías que la Constitución federal prevé en su favor, sino también con la protección y tutela de la Convención sobre derechos del niño, cuya observancia es obligatoria y por ello se debe suplir la queja deficiente, independientemente de quienes promuevan o, incluso, cuando sin ser parte pudiera resultar afectado por la resolución que se dicte”. Según el resumen del fallo ofrecido a los medios, la sala concluyó que en asunto como el resuelto el miércoles “dado que... la víctima es un menor de edad, todos los órganos jurisdiccionales, autoridades e instituciones que tengan que intervenir a lo largo del procedimiento penal respectivo, deberán observar los derechos fundamentales y garantías individuales con que cuenta el niño”.
El caso fue denunciado ante el Ministerio Público local en Oaxaca en noviembre de 2006 por la señora Leticia Valdez Martell, madre de la víctima, que sólo tenía cinco años de edad en los días en que fue atacado y cursaba el 2o. grado de preescolar en el Instituto San Felipe, hasta ese momento un plantel privado de prestigio y al que el niño había sido inscrito en agosto, al comienzo del ciclo lectivo. Entre septiembre y noviembre el comportamiento del chico denotó que lo afectaba alguna circunstancia grave que sólo se aclaró cuando su madre encontró indicios de que se le había atacado sexualmente. El niño narró su tragedia, el ataque repetido que sufrió a manos de dos profesores de materias especiales, auxiliados por una maestra de grupo. Uno de los señalados, Adán Salvador Pérez Ramírez, es el esposo de la directora del instituto, Yolanda León, muy bien situada en los círculos políticos de Oaxaca. El ahora alcalde capitalino, el priista José Antonio Hernández Fraguas, que había invitado a la señora León a formar parte de su planilla, inauguró una remodelación del plantel, trabajo arquitectónico que, al parecer, no sólo sirvió para un acto de relaciones públicas sino para ocultar evidencias o generar confusión, pues el área remozada había sido el escenario de la agresión al niño.
Entre maniobras de diversa índole para disuadir a la denunciante de llevar adelante el caso, transcurrió cerca de un año, hasta que se dictó auto de formal prisión contra Pérez Ramírez y sus cómplices Hugo Constantino García y Magdalena García Soto. Los tres solicitaron amparo, que les fue concedido el 14 de diciembre, decisión judicial que permitió a los acusados desaparecer de la escena.
La demora en la averiguación previa había sido posible por la eficaz labor de los abogados contratados por el Instituto, muy cercanos al gobernador Ulises Ruiz, por lo que la denunciante presumió que a ello se debía la pretensión de acallar los hechos. Jorge Franco Jiménez, uno de esos profesionales, había sido suplente de Ruiz en el Senado, cuyo escaño ocupó cuando el ahora gobernador se retiró a hacer campaña electoral en 2004. Su hijo, del mismo nombre, fue secretario de Gobierno y ahora preside el Comité Estatal priista. El otro abogado, Marcos Castillejos —a quien reemplazó su hijo Humberto— era un exitoso penalista, asesinado en la ciudad de México hace unos meses en circunstancias no aclaradas todavía.
La Corte revocó la sentencia de amparo que protegió a los presuntos pederastas. Razonó que si bien los agravios expuestos por el Ministerio Público fueron insuficientes, el juez debió “suplir la queja”, es decir remediar el alegato de la fiscal, “atendiendo a los derechos y garantías que asisten al interés superior del niño”.— México, D.F.
karina.morales@librossobrelibros.com
1 comment:
TOTALMENTE INDIGNANTE !! ESTO SI ES UNA TRAGEDIA. UN NIÑO DAÑADO ES UN ADULTO DESTROZADO.
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