Magistrados favorecen a Grupo Zeta
La demanda por “daño moral” interpuesta por el empresario Jesús Zaragoza contra Ana Lilia Pérez y Miguel Badillo procedió en el TSJDF. A pesar de que el empresario aceptó que él mismo relató a Contralínea y Fortuna, en dos entrevistas, las investigaciones por narcotráfico de las que fue objeto, los magistrados de la Sexta Sala Civil consideraron que los periodistas no tenían derecho a publicar.
Érika Ramírez
Jesús Zaragoza López reconoció su voz en las grabaciones de las entrevistas presentadas por los periodistas Ana Lilia Pérez y Miguel Badillo ante los jueces del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF). El empresario chihuahuense reconoció también que él mismo relató a la reportera las investigaciones que la agencia antidrogas de Estados Unidos (DEA, por sus siglas en inglés) realizó a su familia, cuando en un camión de su propiedad se encontraron toneladas de cocaína. Sin embargo, los magistrados de la Sexta Sala fallaron a favor del dueño del emporio gasero más importante del país y contra los reporteros de las revistas Contralínea y Fortuna.
Los magistrados rechazaron el recurso de apelación presentado por la defensa de los periodistas Ana Lilia Pérez Mendoza y Miguel Badillo Cruz, de las revistas Contralínea y Fortuna, ante la demanda interpuesta por el empresario Jesús Zaragoza López por “daño moral”.
Olga Cárdenas de Ojeda, Delia Rosey Puebla y Pedro Ortega Hernández votaron por “unanimidad” a favor del dueño de Grupo Zeta, consorcio gasero que maneja 80 empresas en México, Centro y Suramérica, quien en las entrevistas que concedió a la reportera Ana Lilia Pérez, comentó haber dado financiamiento económico a la campaña del presidente Felipe Calderón Hinojosa. El 23 de septiembre pasado fue emitido el fallo, según el expediente 1909/08.
A pesar de que el empresario reconoció los audios y fotografías que corresponden a entrevistas realizadas por Ana Lilia Pérez y publicadas en distintas ediciones de Contralínea y Fortuna, no se otorgó el recurso de apelación a los demandados.
Los periodistas recurrieron al juez después de ser notificados de la sentencia del 30 de mayo de este mismo año. Según el expediente que expone el caso, el “juez natural” introdujo elementos ajenos al caso, pues “incurrió en excesos que favorecen a la contraparte, dejando a los condenados indefensos”.
Además, que el “juzgador” defendió argumentos ajenos a la demanda inicial, que son contrarios a los artículos 6 y 7 constitucionales relacionados con la libertad de expresión, y que el Estado tiene obligación de garantizar la libertad de información, porque Zaragoza López “jamás argumentó nada que se refiera al abuso en el derecho de libertad de expresión e información y que los codemandados traspasaran límites”.
La defensa legal de los demandados argumenta que el juez “tampoco hizo ninguna referencia a que publicaran hechos que les estaban vedados hacerlos públicos y los maquinaron de manera innecesaria. Pero, sobre todo, que los codemandados dejaron de cumplir con la obligación de cuidar que sus publicaciones carecieran de manifestaciones o expresiones maliciosas, que expusieran al actor de forma tal que causara algún demérito de su honor”.
Entre los “agravios”, los abogados de los periodistas indican que “el juez se ocupó de resolver pretensiones ajenas a los argumentos, fundamentos, hechos o razones que se plantearon durante el proceso y como consecuencia otorgó a su contraparte prestaciones que no pidió y que por lo mismo no tiene derecho a recibir...”. Sin embargo, los magistrados del TSJDF negaron la apelación del caso, pues resolvieron que los agravios son infundados.
Los argumentos
En la demanda por daño moral, el empresario gasero argumentó que a través de las publicaciones de Contralínea y Fortuna se intentó “desprestigiar”, “mediante diversos ataques y difamaciones”, a Grupo Zeta y al mismo Jesús Zaragoza López.
Zaragoza López acusó al periodista Miguel Badillo, responsable editorial de las revistas Contralínea y Fortuna, de faltar a la “ineludible obligación de cerciorarse cabalmente de la información que permite publicar a sus reporteros y dio cobijo a dolosos textos redactados por la demandada Ana Lilia Pérez, mediante los cuales se dio a la tarea de atacar y dañar seriamente mi decoro, honor y reputación de forma vil y artera, e incluso, tergiversando las explicaciones que consideré prudente otorgarle a esos medios de comunicación a efecto de que se abstuvieran de seguir dañando mis derechos de personalidad”.
No obstante, el mismo expediente indica que, en el desahogo de pruebas que se llevó a cabo el 27 de marzo de este mismo año, Zaragoza López reconoció que es su voz la de los audios que la reportera presentó como prueba de dos entrevistas realizadas para su investigación periodística.
Además, en la misma audiencia de marzo, fueron reconocidas las imágenes fotográficas derivadas de las mismas entrevistas. Sin embargo, el empresario alega que “en ningún momento corroboró la información que se publicó en las revistas”.
Libertad de expresión cuestionada
Zaragoza López objetó ante el juez que los trabajos periodísticos de Ana Lilia Pérez hayan sido en el ejercicio de la libertad de prensa y expresión, “pues se trata de hechos acontecidos a una larga distancia en el tiempo, por lo que la dolosa forma en que fueron contextualizados y publicados no obedece al objeto primordial de las libertades ya apuntadas, es decir, no persiguen el fin esencial de informar asuntos o circunstancias relevantes para la opinión, sólo se busca dañar”.
Uno de los argumentos que expone el empresario a su favor es que en la revista Contralínea de mayo de 2007, Ana Lilia Pérez redacta un texto titulado “El poder de Jesús Zaragoza López”, en el que introduce: “Bajo investigación por presunto lavado de dinero, el empresario gasero Jesús Zaragoza López, presidente del Grupo Zeta, habla de sus vínculos con el gobierno federal, de las investigaciones de la DEA contra su familia por el delito de narcotráfico, de las denuncias internacionales en contra de su empresa, de los donativos económicos que hizo a la campaña de Felipe Calderón, y confirma que funcionarios de Pemex le ofrecieron ‘el negocio de los ductos petroleros’, considerados éstos como áreas de seguridad nacional”.
Los magistrados determinaron que “se rebasa” el límite del derecho a la libertad de expresión y a la libertad de información, y que se incurre en un “ataque” al honor del actor. También que “se sobrepasa el límite de lo tolerable al utilizar una expresión que resulta insultante, porque no se limita el artículo a difundir la noticia de un hecho histórico, sino que se difunde en forma de afirmativa categórica la mala fama que se le imputa”.
Los integrantes de Sexta Sala Civil del TSJDF condenaron a los periodistas Miguel Badillo y Ana Lilia Pérez a publicar “íntegra” la resolución en las revistas Fortuna y Contralínea, en las mismas páginas que aparecieron las publicaciones relacionadas con Grupo Zeta y Jesús Zaragoza. Además de retirar toda la información relacionada con el caso de sus páginas en internet. No procedió el pago de ninguna indemnización para el empresario chihuahuense.
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Revista Contralínea / México
Fecha de publicación: 15 de Octubre de 2008 | Año 7 | No. 112
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