■ Privatización de licitaciones públicas
■ Subasta “en reversa”, exterminio de empresas
En algunos la enfermedad privatizadora llega a tal grado que ahora pretenden que sean los particulares quienes “administren y operen” las licitaciones del sector público, y de paso desaparecer del mapa al mayor número posible de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales, justo en el sexenio, dicen algunos, de las micro, pequeñas y medianas empresas. ¿El pretexto? La “modernización”, el disfraz más utilizado en los últimos 25 años para justificar prácticamente todo.
En septiembre de 2007 el diputado priísta Eduardo Sánchez Hernández, uno de los cabilderos de la ley Televisa, ex vicepresidente de la CIRT y ex funcionario de Multivisión, entre otras gracias, presentó una iniciativa para “reformar el régimen vigente en México (la Ley Federal de Adquisiciones, Arrendamientos, y Servicios del Sector Público) en materia de adquisiciones del sector público, para efectos de admitir la posibilidad de llevar a cabo subastas electrónicas administradas y operadas por particulares. Las subastas electrónicas permitirán al gobierno federal iniciar un cambio paradigmático en el proceso de adquisiciones públicas, que podría ser un pilar de su gestión y colocaría a México a la vanguardia en materia de eficiencia y transparencia en la ejecución del gasto público”.
Seis meses después, tal iniciativa pretende cocinarse esta semana por la democrática vía del fast track (aprovechando que los reflectores apuntan hacia otras temáticas) en la Comisión de la Función Pública de San Lázaro, presidida por el ex priísta y ahora elbista vestido de panista Benjamín González Roaro (el promotor visible de las “modificaciones” a la Ley del ISSSTE y su “nuevo” sistema de pensiones). Y si progresa, al pleno, en demérito de micro, pequeñas y medianas empresas, con la subsecuente ganancia para los grandes consorcios nacionales y las trasnacionales.
Nadie podría oponerse a la utilización de los medios tecnológicos para facilitar los mecanismos de adquisición del gobierno federal, pero con esta propuesta éste pasaría a mero observador de lo que compre, arrende o contrate, porque serían los particulares quienes tomarían las decisiones, especialmente en materia de precios.
Además, en las licitaciones se cambiaría el “sobre cerrado” por subastas “en reversa” (el mecanismo tradicional, pero en sentido contrario), lo que “no es nada alentador de una libre competencia, pero sí promueve la posibilidad de que micro, pequeñas y medianas empresas sucumban ante las contrapropuestas de los consorcios monopólicos, propiciando pérdidas o disminución considerable de las utilidades para ese grupo mayoritario, más que eficiencia y ahorro de recursos en el desahogo de un procedimiento licitatorio, presentándose el hecho de que los consorcios monopólicos sólo por ganar más mercado bajen precios en las subastas, dejen fuera a sus competidores y, al paso del tiempo, logren incrementar precios gradualmente, a través de los siguientes procesos licitatorios”, según diagnóstico de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra).
De acuerdo con ese organismo, mayoritariamente conformado por micro, pequeñas y medianas empresas, “la eficacia en las adquisiciones del sector público no se logra con la implementación de medidas que atenten contra la libre concurrencia de las empresas y competencia de las licitantes, y que paulatinamente disminuyen su capacidad de inversión en nueva tecnología, ya que un efecto inmediato de la oferta económica baja es el desabasto de insumos en áreas distantes o de difícil acceso, generando con ello la carencia de bienes, el otorgamiento de un servicio público deficiente y la adquisición de dichos insumos a un precio desproporcionado en relación con el precio originalmente ofertado. Por lo tanto, la exposición de motivos (de la referida iniciativa) no ha demostrado que con la implementación de la figura de subasta, y un subastador que no tiene una relación directa y responsable con la convocante, se pueda tutelar correctamente los valores que retoma el artículo 134 constitucional”.
Por si fuera poco, el diagnóstico referido subraya que “la propuesta del legislador no deriva del conocimiento inmediato de la problemática que se presenta en la ejecución de la ley de la materia, ni de que el personaje haya tenido participación de la forma más remota en un procedimiento licitatorio, ya que en estricto sentido toda licitación concluida sin que exista una resolución de inconformidad que le hubiera obligado a la repetición de uno de sus actos administrativos debe entenderse como legítimamente desahogada. Bajo este mismo espectro de desconocimiento de la realidad de nuestro país, con dicha propuesta intenta imponer una modalidad que afecta de forma directa a la libre participación de las empresas”.
Con la subasta “en reversa”, apunta Canacintra, “la calidad del bien ofertado pasará a segundo término, ya que la posibilidad de bajar precios obligará a las empresas a contar con una o dos calidades extra del mismo bien, el cual suministrará según el monto de la partida adjudicada… Igualmente, la figura de un subastador particular contratado por la Secretaría de la Función Pública no traería más consecuencias a éste en caso de actuar parcial, dolosa o negligentemente que la rescisión del contrato de prestación de servicios, pero no sería susceptible de ser determinado responsable administrativamente, como el caso de un servidor público… Consecuentemente, la sustitución de intereses gubernamentales por particulares sólo viciaría el procedimiento licitatorio”.
Además de lo obvio, el gato encerrado es el software que las empresas comprarían para poder participar en las licitaciones electrónicas, cuyo vendedor, casualmente, sería Carlos Slim, Bill Gates, o ambos, en una “asociación tecnológica”.
Las rebanadas del pastel
Pues nada, que la mugre se queda aunque la prenda se rompa. El resultado electoral en el PRD es lo de menos, porque lo importante es “destrabar la situación” entre los chuchos e Izquierda Unida (Núñez dixit).
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