Alejandro Nadal
En la historia de la tecnología hay muchos ejemplos de innovaciones que marcaron trayectorias decadentes y peligrosas. La industria nuclear es desde luego uno de los mejores ejemplos. Pero la biotecnología molecular no se queda atrás.
La tecnología agrícola basada en organismos genéticamente modificados ha desembocado en un callejón sin salida. Los argumentos que se adelantan para justificarla son falsos. Ni es más productiva, ni es más barata, ni es más amistosa con el medio ambiente. Tampoco es claro que sea inocua para la salud humana, pues aún en esa dimensión hay una gran polémica en la comunidad científica.
Pero todo ese debate no le importa a las compañías de biotecnología. Su objetivo es la rentabilidad y para ello necesitan obtener el control del proceso de producción que existe en el campo. Este proceso de producción, por muchas razones, se resiste desde hace 500 años a someterse por completo a la lógica del capital. Hoy, en plena crisis, las compañías de biotecnología molecular necesitan implantarse de lleno en el campo mexicano.
Pero enfrentan un obstáculo. La legislación mexicana que ellas mismas diseñaron contiene un artículo que obliga a establecer un régimen de protección especial para el maíz, antes de proceder a la siembra de grano transgénico. Para darle la vuelta a este mandato y poder implantar y consolidar el maíz transgénico en el campo mexicano, las empresas de biotecnología han necesitado la ayuda de los funcionarios públicos en las secretarías competentes.
Hoy la conducta de las autoridades de Sagarpa y Semarnat lo confirma una vez más. El pasado viernes el gobierno federal publicó en el Diario Oficial una serie de reformas al reglamento de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM). El decreto pretende formalizar el inicio de la desregulación del cultivo de maíz transgénico en México. Es un golpe sucio que en su momento recibirá la respuesta adecuada de la sociedad civil.
Desde que se publicó la LBOGM hemos denunciado sus contradicciones, su subordinación a las grandes corporaciones y el estado de indefensión en el que queda el pueblo de México y el medio ambiente. Pero esa misma ley contiene (artículo 2, fracción XI) la obligación de establecer un régimen de protección especial para el maíz.
En un primer intento de engaño, el gobierno emitió un reglamento a la LBOGM en el que se relegaba esa obligación a un artículo vacío. En efecto, el último artículo del reglamento decía, simple y llanamente, que el régimen de protección del maíz se conformaría por disposiciones jurídicas que establecería la autoridad. Es decir, se admitía claramente que el régimen de protección especial no existía en el reglamento.
Posteriormente, el titular de la Sagarpa intentó un golpe de mano con un acuerdo administrativo que contenía una simulación de régimen de protección. El acuerdo era además inconstitucional. Y como le cayó una lluvia de críticas, la Sagarpa cambió de táctica.
La Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) le aconsejó a la Sagarpa que era preferible incluir el régimen de protección especial en el reglamento de la LBOGM en lugar de relegarlo a un simple acto administrativo. En su dictamen, la Cofemer le señaló a la Sagarpa que era preferible esa vía porque la observancia del simple acto administrativo podría interpretarse como potestativa
, algo contrario al objetivo de una ley.
Pero ahora que sale publicado el decreto con las reformas al reglamento, podemos observar que el régimen de protección especial del maíz ha desaparecido por completo. Han culminado tres años de manipulación y engaños. Pero la propia Cofemer queda en entredicho porque la simulación nunca había sido tan descarada. Su dictamen señala que es preferible llevar el régimen de protección especial del maíz al reglamento debido a la necesidad de emitir principios de observancia general, impersonales, objetivos y obligatorios, que resultan necesarios para aplicar la LBOGM
. Pues bien, la Cofemer debió rechazar el decreto porque en el mismo el régimen de protección especial sencillamente ha desaparecido.
El lobby de las empresas de biotecnología y sus amigos en el gobierno deben estar de plácemes. Sienten que lograron su objetivo, abrir el camino a la desregulación del maíz transgénico.
Deben recordar lo siguiente. Los funcionarios que firman el decreto del 6 de marzo reformando el reglamento de la Ley de Bioseguridad se han colocado de lleno en el supuesto del artículo 216 del Código Penal Federal: “Cometen el delito de coalición de servidores públicos los que teniendo tal carácter se coaliguen para tomar medidas contrarias a una ley o reglamento, impedir su ejecución (…)”. Ese delito se castiga con una pena de dos a siete años de prisión. Es la pena que deberán purgar por violar el orden jurídico federal que alguna vez juraron hacer cumplir. Es la pena por los daños irreversibles que podrían provocar en el campo mexicano.
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