Corte oficializa despenalización de aborto en el DF |
Carlos Avilés Allende El Universal Ciudad de México Lunes 02 de marzo de 2009 |
El máximo tribunal del país les notificó a la Asamblea del Distrito Federal, a la procuraduría General de la República y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la decisión que adoptó desde el 28 de agosto de 2008 |
La Corte oficializó, después seis meses, su aval a la despenalización del aborto en la capital del Distrito Federal en las primeras 12 semanas de gestación. El máximo tribunal del país les notificó a la Asamblea del Distrito Federal, a la procuraduría General de la República y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la decisión que adoptó desde el 28 de agosto de 2008. La sentencia que redactó el ministro José Ramón Cossío, y que contó con el respaldo de la mayoría de los ministros que se pronunciaron por avalar las reformas capitalinas, parte, primero, de la base de que a los congresos locales es a quienes les competen legislar en torno a la despenalización del aborto. Y, segundo, del hecho de que los legisladores tienen la facultad de decidir y determinar qué conductas no deben ser sancionadas, entre ellas las vinculadas a las de los abortos. En el documento escrito de 209 hojas que les hizo llegar a las autoridades locales y federales la Corte declinó emitir algún criterio o ponderación que diga si los derechos de las mujeres se ubican por arriba de los derechos del producto de la concepción.
Debido a que no se encontraron al final, a la hora de redactar la sentencia, las coincidencias necesarias, el Pleno de la Corte optó por no pronunciarse sobre este tema. Pero dejó abierta la posibilidad de que los legisladores, tanto a nivel federal como estatal, sean los que hagan esta ponderación. Con base en dichos argumentos, en la sentencia se precisa que: "Este Tribunal considera que la medida utilizada por el Legislador resulta de este modo idónea para salvaguardar los derechos de las mujeres, pues la no penalización de la interrupción del embarazo tiene como contraparte la libertad de las mujeres para que decidan respecto de su cuerpo, de su salud física y mental e, incluso, respecto de su vida, pues no podemos desconocer que aun en la actualidad, como lo refiere claramente el legislador del Distrito Federal en su exposición de motivos, existe mortandad materna". "El reproche por la vía penal -continúa la sentencia-; es decir, la imposición de la pena en el citado caso, no sirve para asegurar el correcto desenvolvimiento del proceso en gestación, pues nuestra realidad social es otra y de lo contrario, se menoscaba y reafirma la discriminación hacia las mujeres. Por ende, no puede plantearse que la amenaza penal es la primera y única solución a la erradicación de las prácticas clandestinas de interrupción voluntaria del embarazo, pues más allá de la teoría que utilicemos para justificar la imposición de la pena estatal, la sanción no puede ignorar la racionalidad y la necesidad pues, de lo contrario, se habilitaría el ingreso al sistema penal de la venganza como inmediato fundamento de la sanción". Mientras que en otro apartado de la sentencia -revisada por EL UNIVERSAL-, se hace énfasis en que los legisladores del DF, en uso de sus facultades, tomaron "en cuenta el incipiente desarrollo del embrión y la seguridad y facilidad de la interrupción del embarazo sin graves consecuencias para la salud de la mujer en contraposición". "Si dicha interrupción se realizara clandestinamente y fuera de los parámetros dados por el Legislador, no es posible asegurar la salud de la madre. Por otro lado, la penalización de la interrupción de esta etapa primaria del embarazo no resulta idónea para salvaguardar la continuación del proceso de gestación, puesto que el legislador tomó en cuenta que constituye una realidad social que las mujeres, que no quieren ser madres, recurran a la práctica de interrupciones de embarazos clandestinos con el consiguiente detrimento para su salud e incluso, con la posibilidad de perder sus vidas". La sentencia puede consultarse en la página de Internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el micrositio que abrió para tratar el tema del aborto, y consta de 1313 páginas, debido a que se incluyeron los votos disidentes y de minoría, así como las constancias y pruebas recabadas en el juicio. grg |
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Monday, March 02, 2009
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